Los aspirantes a los procesos selectivos para el ingreso en el centro de formación de acceso a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha del último día de presentación de solicitudes de participación:
- Poseer la nacionalidad española.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- No hallarse incursoen algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura del juicio oral correspondiente.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- La edad mínima para Guardia Civil son los 18 años de edad en el año de la convocatoria. La edad máxima son 40 años, no deben superarse durante el año en que se publique la convocatoria.
- La altura mínima es de 160 centímetros para hombres y 155 centímetros para mujeres, y no superior a 203 centímetros estando de pie.
- Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y de las pruebas que se determinen en la correspondiente convocatoria.
- Estar en posesión de los niveles de estudios requeridos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio.
- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1, de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre de Régimen de Personal de la Guardia Civil (BOE núm. 289).
- No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de unexpediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
- Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Asimismo, tampoco se permiten los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, auto mutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de uso general del Cuerpo de la Guardia Civil, según se determine en la normativa vigente en esta materia y sus normas de desarrollo.
Todo ello sin perjuicio de otras condiciones que se puedan estipular en las respectivas convocatorias.
Para las plazas restringidas a militares profesionales, los requisitos para entrar a la Guardia Civil serán mínimo 5 años de servicios en las Fuerzas Armadas y no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas, y el resto de requisitos generales.
Requisitos específicos para las plazas restringidas a alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes
El primer requisito para entrar a la Guardia Civil en este caso es ser alumno del Colegio de Guardias Jóvenes «Duque de Ahumada».
Como NOVEDAD en 2020, se debe superar una prueba de evaluación de conocimientos (PEC). Esta versará sobre las materias de la Resolución de 26 de junio de 2019, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se determina el temario de las convocatorias de los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, en concreto sobre los temas 19, 20, 21, 22 y 23 (Anexo I).
La realización de esta prueba será calificada con una nota numérica de entre 0 y 10 puntos, para que el aspirante pueda ser calificado como “apto” debe alcanzar una nota mínima de 5.
También deberán cumplir el resto de requisitos generales para opositar a Guardia Civil.
El equipo ASPOL te informará y ayudará a presentar tu solicitud de participación en la misma.